Perspectiva de Género

Preguntas a Julia Keleher

El rol protagónico de la nominada como Secretaria de Educación, Dra. Julia Keleher, en la implantación de la ley federal Every Student Succeeds Act (ESSA) en el Departamento de Educación (DE), al igual que su compromiso incondicional con el Plan para PR, sugieren que ella respalda la ideología de género como política pública. Sin embargo, Keleher se ha rehusado en repetidas ocasiones a responder preguntas sobre este tema porque, según alega, lo considera un asunto de “política pública” (ej., Vocero, 11 de enero de 2017; Diálogo, 21 de enero de 2017). Pero, como parte de la rama ejecutiva, ¿no influiría Keleher sobre esa política y la ejecutaría? ¿No son, precisamente, preguntas como ésta las que la nominada debe contestar?

En la entrevista con Diálogo, Keleher también se rehusó a expresar su posición sobre temas pertinentes a la Universidad de Puerto Rico (UPR) “hasta que se reúna con su Junta de Gobierno y entienda claramente cuál es su perspectiva sobre la institución,” a pesar de que los estándares del DE son determinantes en los currículos de Pedagogía de la UPR. Recordemos que la Secretaría de Educación dicta pautas en la educación del País, tanto por el inmenso alcance del Departamento de Educación en los niveles preescolares, primarios y secundarios, como por formar parte de la Junta de Gobierno de la UPR. Los egresados de la Facultad de Educación de la UPR nutren los salones de clases tanto de los sistemas públicos como privados. El impacto de la Secretaría de Educación sobre el perfil económico y social del Pueblo es, por lo tanto, enorme. ¿Por qué la renuencia de Keleher a contestar preguntas medulares a la hora de considerar su nominación? ¿Por qué no aprovechar la oportunidad de dar cátedra en la transparencia con la que deben servir los funcionarios públicos?

En una entrevista reciente (Nuevo Día, 21 de enero de 2017), Keleher incluyó como una de sus prioridades el concluir el plan para la implantación de ESSA en el DE de enero a junio. Ya para el 18 de septiembre habría completado ese proceso de cumplimiento. La ley ESSA se enfoca en el perfil sico-social de cada estudiante desde pre-kínder como, por ejemplo, sus actitudes, valores, disposiciones, motivaciones y sentimientos. Bajo el lema de “destrezas de pensamiento de alto nivel” (“higher order thinking skills”), como el pensamiento crítico, reflexivo, y creativo, los niños cuestionan su identidad, sus creencias, sus costumbres, sus valores. Los resultados de ese “aprendizaje socio-emocional” “no-cognoscitivo” —como la “identidad de género”—se rastrean y archivan en bases computadorizadas de datos centralizadas. Ello plantea serias interrogantes sobre el respeto de derechos fundamentales, como a la privacidad, tanto de los estudiantes como de sus familias. ¿No se presta esta intromisión al discrimen y la manipulación contra aquéllos que no compartan las ideologías del momento?

La integración de la ideología de género en las escuelas es parte de la implantación de ESSA. Esto es evidente en el Borrador del Plan Consolidado para la Transición a la Ley ESSA (Departamento de Educación, 2015). Los Módulos de Equidad de Género (Departamento de Educación, 2015), suscritos por la entonces Procuradora de la Mujer y ahora Secretaria de Justicia Wanda Vázquez Garced, y “un grupo de expertos en el tema de equidad de género” (Borrador, pág. 111), entre otros, anuncian la “construcción de un nuevo paradigma educativo.” Esos Módulos figuran como herramientas educativas en el Borrador (pág. 34). En éste se destaca que el Plan de Equidad está “alineado” con ESSA (págs. 22-23). “El Departamento de Educación (DE) comenzó a implementar la enseñanza de equidad de género en las escuelas públicas del país como parte de la política pública … La enseñanza de equidad de género es, sobre todo, un enfoque de análisis, una manera de aprender a mirar la realidad que nos ayude a repensar las construcciones sociales y culturales de la distribución de roles que afectan nuestra sociabilidad” (pág. 110). El Borrador adopta, además, la filosofía constructivista (pág. 24) que concibe al estudiante como “centro y constructor del conocimiento (un alumnado que sabe, sabe hacer, sabe ser y sabe convivir)” (pág. 76).

Aun si se derogara la Carta Circular pertinente, la ideología de género podría incorporarse fácilmente bajo los eufemismos de los cuales está repleto el Borrador: “aprendizaje socio-emocional,” “salud,” “diversidad,” “pluralismo,” “equidad,” “empatía,” “cultura de paz,” “desarrollo juvenil,” “erradicación de acoso escolar” (“bullying”), “intercambios de roles,” “juegos dramáticos” o “intervenciones preventivas o terapéuticas.” Veamos, por ejemplo, el Manual para el Programa de Salud Escolar, uno de los Módulos de Equidad de Género que el Borrador valida. El Manual afirma que “No se presupone que haya un tipo de familia que sea más óptimo que el otro, puesto que los lazos de apego no dependen en ningún grado de la consanguinidad, origen de la pareja, miembros de la misma o tipo de relación” (pág. 27, énfasis añadido). Para los estudiantes de pre-kínder (¡!), se utilizan las siguientes preguntas guías: “¿Quiénes componen tu familia? ¿Cuáles son sus nombres? ¿Qué actividades hacen juntos? ¿Cómo te cuida tu familia? ¿Cómo te demuestra amor tu familia? ¿Cómo tú demuestras amor a tu familia?” (pág. 25). Ya desde pre-kínder, el Manual establece como objetivo que los niños “Conozcan y valoren los diferentes tipos de familia” [1] (pág. 24). A manera de cierre, “para visualizar los diferentes tipos de familia se colocará el dibujo sobre la familia que realizó cada estudiante en la pared designada para el mural Mi Familia es especial” (pág. 25). A los maestros se les requiere “Mostrar sensibilidad hacia las diferentes estructuras familiares.” Desde pre-kínder hasta escuela superior se incorporan ejercicios similares en los que los estudiantes identifican cómo canciones (ej., “Ambos a dos” en cuarto grado y “Arroz con leche” en tercer grado) o películas (ej., “Mulán” en quinto grado) “influyen en la inequidad de género.” Se utilizan los “juegos dramáticos” y los “intercambios de roles” [2], y se interroga insistentemente a los estudiantes sobre sus creencias, actividades y hábitos personales y familiares como, por ejemplo, quién hace las diversas tareas domésticas (cocinar, fregar, recortar el patio, etc.). Aún en el duodécimo grado (¡!), los estudiantes siguen dibujando su familia, discutiendo “el término familia y tipos de familia” y reflexionando “sobre los estereotipos de género que se observan en su familia” (pág. 237).

Por otro lado, Keleher afirmó: “Nuestra base debe ser el Plan para Puerto Rico” (Vocero, 11 de enero del 2017). Parte de ese Plan es la creación de Escuelas Co-Educativas, que impulsan la ideología de género en las escuelas a partir del nivel preescolar, al igual que el feminismo radical y la suplantación por el estado de los derechos parentales. Su “idea es movernos del modelo educativo tradicional a este nuevo modelo desarrollado en España y que está siendo integrado a sistemas educativos en Estados Unidos, el cual promulga educar en común y en igualdad” (Plan para PR, pág. 114). (Para un análisis de la propuesta de Escuelas Co-Educativas y cómo desemboca en la “sexualización de la enseñanza sin la autoridad parental,” ver el Informe – Plataformas de Gobierno Puerto Rico 2016 por la agrupación Mujeres por Puerto Rico, págs. 24, 43-51.)

No seamos ingenuos. La derogación de la Carta Circular Núm. 19-2014-2015 del DE, que establece la ideología de género, no es suficiente para erradicar este nefasto “paradigma educativo.” Tanto la implantación de ESSA como el Plan para PR, ambos respaldados por Keleher, dejan las puertas abiertas para que la ideología de género se imponga bajo otros nombres.

Las siguientes son varias de las preguntas que la Dra. Keleher debería responder: ¿Suscribe en su totalidad el Borrador del Plan Consolidado para la Transición a la Ley ESSA, según publicado por el DE en el 2015? ¿Concibe las disciplinas básicas (ciencias, matemáticas, historia, idiomas, etc.) como instrumento para introducir los “derechos reproductivos” y las ideologías de género y feminista radical, entre otras? Si no es así, ¿qué propone para fortalecer la docencia de dichas disciplinas para que no sigan sirviendo de pretexto para el adoctrinamiento de nuestros estudiantes en ideologías nefastas? ¿Cómo se propone limitar las implicaciones negativas de ESSA? ¿Cómo se propone manejar el inmenso caudal de datos sicológicos y sociológicos que estará recopilando de nuestros niños y adolescentes y de sus familias? ¿Suscribe la creación de Escuelas Co-Educativas del Plan para PR? ¿Cómo se propone salvaguardar los derechos personales esenciales? ¿Qué garantías tendrán los padres, maestros y estudiantes con respecto a sus libertades fundamentales: religiosas, parentales, de conciencia, a la privacidad?

La filosofía educativa de un nominado a la Secretaría de Educación es crucial no sólo a la hora de establecer prioridades y desarrollar programas, sino al aprobar y asignar fondos y nombramientos, entre otras prerrogativas de dicha posición. Por ejemplo, al distribuir fondos, ¿daría Keleher prioridad a programas de “salud escolar” que destaquen las virtudes de la abstinencia sexual y el matrimonio como unión entre un hombre y una mujer, o a una que valide o celebre las “libertades reproductivas” y el lema de que “no hay un tipo de familia que sea más óptimo que el otro” (Manual, pág. 27)? ¿Daría prioridad a propuestas que fortalezcan las disciplinas básicas o que, bajo el llamado aprendizaje socio-emocional, sigan adoctrinando a nuestros niños en ideologías contrarias a los valores fundamentales de la vida humana y la familia?

Nos place que la nominada a dirigir el DE se interese por la auditoría de cuentas, la seguridad en las escuelas y por combatir el comején en los salones de clase. Sin embargo, un sistema educativo de excelencia requiere mucho más que seguridad, mantenimiento y eficiencia administrativa. No puede desatender las disciplinas medulares. No puede asaltar libertades religiosas y de conciencia, el derecho a la privacidad, y derechos parentales básicos. No puede prestarse para adoctrinar a nuestros niños y jóvenes en ideologías nefastas que deterioran económica, social y espiritualmente a nuestro Pueblo.

Exhortamos a todos los Senadores a que se hagan eco de nuestras preguntas a la hora de considerar el nombramiento de la Dra. Keleher a la crucial silla de Educación. Exhortamos a todos los ciudadanos, en particular a los padres, tutores y maestros, a prestar cuidadosa atención a este asunto. De ello depende el bienestar de nuestros hijos y nietos. ¡No más cheques en blanco en el Departamento de Educación!

Notas: ↩
[1]. Según el Manual para el Programa de Salud Escolar (pág. 27), los “tipos de familia” son: Familia nuclear: “Compuesta por padre, madre e hijos/as fruto de la pareja en convivencia diaria. Como novedad en los últimos años, se podría decir que este tipo de familia tiende a perpetuarse más en el tiempo debido a la tardanza en la independencia de los hijos y las hijas a día de hoy”; Familia extendida: “En ésta, además de los miembros citados en el tipo anterior conviven otros miembros de generaciones anteriores, como por ejemplo los abuelos. En este caso, nos referimos a la familia como concepto tradicional, en el que la convivencia de varias generaciones se realizaba como una decisión vital y no como una adaptación a una situación en la que es necesaria la convivencia por, por ejemplo, motivos económicos”; Familias monoparentales; Familias fruto de un proceso de separación de la pareja; Familias con hijos/as adoptivos; Familia homoparental: “compuesta por dos padres o madres de; mismo sexo con sus hijos”; Familia mixta: “Suele provenir de parejas separadas que aportan, cada uno/a, sus hijos/as a la nueva convivencia”; Abuelos acogedores: “Es un tipo de familia que se da cuando los abuelos se hacen cargo de los nietos asumiendo el rol de padres. Generalmente se produce por causas forzosas o negativas, como fallecimiento de los progenitores, ausencia o dificultades para asumir la responsabilidad de la paternidad.” El Manual insiste en que “Cada uno de los tipos de familia expuestos anteriormente tiene sus peculiaridades, con lo cual los procesos de socialización no serán los mismos en cada una de ellas. No con ello se presupone que haya un tipo de familia que sea más óptimo que el otro, puesto que los lazos de apego no dependen en ningún grado de la consanguinidad, origen de la pareja, miembros de la misma o tipo de relación. Lo que asegura una correcta adaptación de los pequeños es un sentimiento de protección, proximidad y afecto a lo largo de la vida” (págs. 27; 239-240).

↩
[2] Según el Borrador del Plan Consolidado para la Transición a la Ley ESSA, “el juego dramático tiene un valor terapéutico, ya que, mediante la reconstrucción de situaciones conflictivas, el niño se “libera” de la agresividad, canalizando los problemas a través del juego. Al mismo tiempo, representa un medio para conocer al niño y sus dificultades” (pág. 157). El juego de roles, por otra parte, “es una didáctica activa que genera un aprendizaje significativo y trascendente en los estudiantes, logrando que se involucren, comprometan y reflexionen sobre los roles que adoptan y la historia que representan” (pág. 157).
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  1. La Verdad sobre Keleher. (PDF)
  2. Julia Keleher y Essa.
  3. Plan Decenal, Alianzas, ESSA, o la Hidra
  4. Nominaciones de Rosselló: Retorno de la Ideología de Género
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