Rincón Educativo

Libertad Religiosa: Derecho Humano Fundamental, No un Favor o Privilegio

Foto/American Life League


La libertad religiosa es un derecho humano inalienable pues protege intereses medulares para el desarrollo pleno e integral de las personas. Las protege, además, de intervenciones indebidas e injustas simplemente por manifestar, ejercitar, o defender sus convicciones más centrales y preciadas.

Para los creyentes, su fe religiosa—y vivir en armonía con ella—es verdad, valor, principio moral, propósito y sentido de la vida misma, tanto terrenal como eterna. Silenciar o suprimir su fe, o divorciarla de su quehacer cotidiano, coarta al individuo y limita su potencial como persona, como ciudadano y como agente social. Obligar a una persona a renegar de sus convicciones religiosas, disfrazarlas, o actuar contrario a ellas atenta contra su integridad y dignidad como ser humano. Atenta, además, contra el logro de una sociedad democrática pluralista, justa y productiva, y de una cultura de paz y respeto mutuo.

Como bien explican Richard Garnett y Joshua Dunlap, profesores de Derecho de la Universidad de Notre Dame:

[Los] seres humanos están hechos para buscar la verdad, están obligados a perseguir la verdad y a aferrarse a ella cuando se le encuentra, y esta obligación no se puede cumplir de manera significativa a menos que las personas estén protegidas contra la coerción en asuntos religiosos. Los gobiernos tienen un deber moral […] de promover la capacidad de las personas para cumplir con esta obligación y prosperar en el disfrute ordenado de la libertad religiosa, por lo que deben tomar medidas afirmativas para eliminar los obstáculos a la religión que incluso las regulaciones bien intencionadas pueden crear (2005, pág. 281) [1].

Según Douglas Laycock, profesor de Derecho de la Universidad de Virginia, “la protección de la libertad religiosa reduce el sufrimiento humano; la gente no tiene que elegir entre incurrir en sanciones legales y entregar partes fundamentales de su identidad. Y la libertad religiosa reduce el conflicto social; hay mucho menos razón para luchar acerca de la religión si se garantiza a todos el derecho a practicar su religión” (2014a, pág. 842) [2]. La libertad religiosa “hace posible que los ciudadanos que tienen diferentes visiones de mundo vivan juntos pacíficamente” (Colby, 2014) [3].

La libertad religiosa no es simplemente una “libertad de culto” conducida en privado. Una persona comprometida con su religión—sea Cristiana, Judía, Musulmana, Testigo de Jehová, Mormona, Hindú, Budista, Sij, Indígena—no puede divorciar su fe de los demás ámbitos de su vida. No la limita a mero culto o símbolo de adoración, sino que se esfuerza por actuar según sus dictados. Su religión no se circunscribe a sus actividades en la iglesia, el templo, la sinagoga, la mezquita, o el lugar designado para el culto. No es simplemente un día sagrado o una secuencia de ritos.

Para un Cristiano, por ejemplo, su arte, ciencia, profesión, o negocio es un ministerio, parte del llamado de su Creador a servirle a Él y a su prójimo. Esa labor es vocación y testimonio. Su religión no es un apéndice, sino integridad de vida. Permea su vida pública y privada. Un cineasta Cristiano, por ejemplo, concibe su talento artístico como un don de su Creador y, como tal, para Su gloria. No podría, sin estrangular su conciencia, hacer películas contrarias a sus valores religiosos [4]. Asimismo los empresarios y comerciantes con sus negocios [5], los científicos en sus laboratorios, los profesionales en sus servicios de educación, salud, trabajo social, etc.

El interés del estado de proteger los derechos civiles de todos los ciudadanos— no puede ni debe, por lo tanto, desatender la libertad religiosa. De lo contrario, los creyentes serían ciudadanos de segunda clase. Se penalizarían, silenciarían, o excluirían—no por un delito cometido o por representar un peligro social, sino sencillamente por el “libre ejercicio” de sus creencias religiosas. Desprovistos de protecciones reales a su libertad religiosa, se verían obligados a ocultar o traicionar su fe, al tener que divorciar sus creencias del ejercicio de las mismas. Se les prohibiría, en efecto, el libre ejercicio de su credo religioso. El poder del estado siempre prevalecería sobre esta libertad personal básica. ¿No es esto discrimen injusto, coacción? ¿Es esto democracia?

Referencias:

  1. “human beings are made to seek the truth, are obligated to pursue truth and to cling to it when it is found, and that this obligation cannot meaningfully be discharged unless persons are protected against coercion in religious matters. And, we might say that secular governments have a moral duty […] to promote the ability of persons to meet this obligation and flourish in the ordered enjoyment of religious freedom, and should therefore take affirmative steps to remove the obstacles to religion that even well meaning regulations can create” (Garnett & Dunlap, 2005, pág. 281). Ésta y las traducciones subsiguientes del inglés al español son nuestras.
  2. “Protecting religious liberty reduces human suffering; people do not have to choose between incurring legal penalties and surrendering core parts of their identity. And religious liberty reduces social conflict; there is much less reason to fight about religion if everyone is guaranteed the right to practice his religion” (Laycock, 2014a, pág. 842).
  3. “religious liberty makes it possible for citizens who hold very different worldviews to live peaceably together” (Colby, 2014).
  4. Ver, por ejemplo, el caso Carl y Angel Larsen, dueños de Telescope Media Group de Minnesota, en /www.adflegal.org/detailspages/client-stories-details/carl-and-angel-larsen
  5. “A family business owner’s aims, hopes, and aspirations don’t somehow magically disappear if the government taxes his or her company as a “for-profit” instead of a “non-profit.” Despite being “for-profit,” [they] still express the views of the human beings who run them” (Weber, 2014).

Related Articles

Back to top button