Educación para la ¿Paz?

La senadora María Teresa González López (también conocida como Maritere González), autora de los Proyectos del Senado 484 (que implantaría la ideología de género en las escuelas) y 437 (que enmendaría el Código Civil para legalizar la adopción por parejas del mismo sexo), entre otros, ha radicado una medida que provoca más preguntas que respuestas: el P. del S. 600.
El PS 600 crearía “un programa de teoría y práctica integrada de cultura de paz, no-violencia y de métodos alternos para la solución de conflictos en las escuelas y los hogares … a todos los niveles de educación.” Entre otras cosas, dispone:
- incluir, como parte del currículo académico del sistema público de enseñanza de Puerto Rico, un programa combinado de teoría y práctica de educación para la paz, solidaridad, métodos alternos para solución de conflictos y valores democráticos a nivel local, regional y nacional, el cual será de carácter compulsorio.
- desarrollar asignaturas especializadas en cuestiones relativas a la educación para la paz, solidaridad, métodos alternos para solución de conflictos y valores democráticos, así como el desarrollo de proyectos para promover liderato estudiantil en favor de estos principios.
- incorporar los valores de no violencia, tolerancia, democracia, solidaridad y justicia en los contenidos de los libros de texto, materiales didácticos y educativos.
- combinar la enseñanza dentro del sistema educativo con la creación de foros y talleres de ofrecimiento de servicios a los hogares y la comunidad en general para la promoción de la educación para la paz.
Según el Proyecto, “se establecerá un requisito de horas contacto por semestre académico, distribuido entre los componentes teórico y práctico… [E]l Secretario de Educación podrá recibir cooperación y asesoramiento de cualesquiera otra agencia o personal especializado en conducta humana, así como convocar a cumbres o foros multisectoriales para la discusión, difusión pública y evaluación de dicho programa.” Además, “autoriza al Departamento de Educación y al Departamento de Estado a recibir y administrar fondos provenientes de asignaciones legislativas, y de transferencias, delegaciones, aportaciones y donativos de cualquier índole que reciba de agencias, gobiernos municipales y del Gobierno de los Estados Unidos de América, así como los provenientes de personas, organizaciones no gubernamentales y de otras entidades privadas para la provisión de los cursos, talleres y seminarios de capacitación a personal docente y no-docente, así como eventualmente a los estudiantes del sistema público sobre educación para la paz, solidaridad, métodos alternos para solución de conflictos y valores democráticos, así como el desarrollo de proyectos para promover liderato estudiantil en favor de estos principios.” [énfasis nuestro]
Todos aspiramos a un mundo de verdadera paz. Estar en contra de la paz, definida ésta correctamente, es casi como estar en contra de la democracia. Sin embargo, ¿qué entiende por “paz” este Proyecto? ¿Falta a la cultura de la paz un estudiante que desee unirse a las fuerzas armadas? ¿Uno que sea sumamente competitivo en los deportes? ¿Una que defienda en clase el matrimonio como unión entre un hombre y una mujer, o haga planteamientos religiosos? ¿Deberán “modificarse” las conductas de los tres por su “intolerancia” o “falta de solidaridad”?
¿Cómo se articulará la enseñanza compulsoria (con requisitos de créditos, según el Proyecto) de un programa de paz cuando aún hay serias deficiencias en las competencias y el manejo de asignaturas básicas entre los egresados de nuestras escuelas? El Proyecto menciona una “experiencia de capacitación a nivel comunitario en el Barrio El Maní de Mayagüez, en el cual participaron la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos, con el apoyo del Municipio de Mayagüez” con “mucho éxito”. ¿En qué consistió la capacitación? ¿Cómo se determinó su “éxito”?
Por otro lado, durante la pasada administración, los que hoy gobiernan denunciaban enérgicamente las alianzas público-privadas. Ahora las apoyan. El PS 600 abre las puertas a cualquier persona, empresa u organización, para que asesore y done recursos a los Departamentos de Educación y de Estado. ¿Es esto constitucional? ¿Debe estar el sistema educativo público a la merced del cabildeo de intereses particulares que tal vez sean contrarios al verdadero bienestar de los alumnos e, incluso, a lo que realmente significa la paz?
Más aún: ¿qué alcance tiene la medida con respecto a la enseñanza de nuestros niños en el hogar? ¿Nos dictará el gobierno que es ilegal establecer una disciplina en el hogar porque ella contradice la paz? ¿Nos prohibirá enseñar a nuestros hijos sobre lo que realmente significa una sexualidad natural y responsable porque esto es “intolerante”, “no solidario” o representa “acoso” o “violencia”? ¿Será este Proyecto otro intento más por introducir la ideología de género en nuestras escuelas y en nuestros hogares, al margen de nuestras convicciones morales y religiosas?



